Verónica Bermejo, abogada, sobre divorcios: “En caso de custodia compartida, lo habitual es que se proceda a la liquidación de la vivienda”. Si hay un tema capaz de encallar una negociación que iba bien, es la casa. No es solo dinero: es el hogar, los recuerdos, la seguridad. Y cuando encima hay custodia compartida, el asunto se complica todavía más, porque desaparece la regla fácil de “la casa, para quien se queda con los niños”. Si los niños están con los dos, ¿la casa para quién?

Que esté a tu nombre no lo decide todo

Mucha gente llega convencida de que, como la vivienda es suya, no hay más que hablar. Y no funciona así. A la hora de atribuir el uso, el juez mira las necesidades de los menores, la situación económica de cada progenitor, el tipo de custodia y quién puede ofrecer más estabilidad. La titularidad importa, claro, pero es una pieza más del puzle, no la única.

Por qué la custodia compartida lo enreda

En una custodia compartida, los hijos pasan tiempos equilibrados con papá y con mamá. Eso significa que ninguno de los dos “necesita” la casa en exclusiva para atender a los niños, que era el argumento clásico. Resultado: en muchos casos la salida acaba pasando por vender y repartir, o por atribuir el uso a uno durante un tiempo limitado y con fecha de caducidad. No es lo que la gente espera oír, pero es lo más habitual.

La casa nido: bonita sobre el papel

Hay una fórmula que suena ideal: que los niños se queden fijos en la casa y sean los padres los que entran y salen por turnos. Sobre el papel es lo mejor para los menores, que no mueven su vida. En la práctica exige llevarse razonablemente bien, tener dónde vivir cuando no te toca la casa y una organización económica muy clara. Por eso, aunque la planteamos, rara vez aguanta a largo plazo.

Las salidas más frecuentes

Lo que más vemos: atribuir el uso a uno por un plazo, vender el piso y repartir lo que salga, extinguir el condominio si es de los dos, o que uno le compre al otro su mitad. Ninguna es “la buena” en abstracto; depende de los números de cada familia. Y ojo, porque cada opción arrastra consecuencias fiscales y financieras distintas que conviene calcular antes, no después.

La hipoteca va por su cuenta

Este es el error que más caro sale, así que lo repetimos siempre: una cosa es quién usa la casa y otra, muy distinta, quién paga la hipoteca. Al banco le da igual lo que hayáis pactado en el convenio. Si los dos firmasteis el préstamo, los dos seguís respondiendo frente a la entidad, diga lo que diga vuestro acuerdo. Por eso hay que tratar la hipoteca de forma expresa y no dejarla “para verlo luego”.

Nuestra recomendación

Antes de pelear por la casa, conviene sentarse a hacer números con calma y sin la emoción del momento. Muchas veces, la solución que parecía inaceptable el primer día resulta ser la más razonable cuando se ven las cifras sobre la mesa. Y cuanto antes se aborde, menos desgaste para todos, empezando por los niños.

¿Hasta cuándo dura el uso temporal de una vivienda?

Cuando se atribuye el uso “por un tiempo”, la duda inmediata es hasta cuándo. No hay una cifra fija: se suele vincular a una circunstancia concreta, como que los hijos alcancen cierta edad o que se liquide la vivienda. Lo importante es que ese plazo quede clarísimo en el convenio o la sentencia, con su fecha o su condición, para no acabar discutiendo dentro de unos años qué era lo que se había pactado exactamente.

Te ayudamos a valorar qué solución es más adecuada para la vivienda familiar en tu caso concreto.
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Nuestras abogadas
Carolina Llamas, abogada en Llamas & Bermejo (Madrid)
Carolina Llamas
Socia fundadora · Colegios de Madrid y Alcalá de Henares
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Más de 25 años de ejercicio y dilatada experiencia procesal ante los tribunales en derecho penal, civil, de familia y violencia de género. Cofundadora de Llamas & Bermejo Abogadas en 2012. Mediadora civil y familiar. Letrada colaboradora de la OCU.
Verónica Bermejo, abogada en Llamas & Bermejo (Madrid)
Verónica Bermejo
Socia fundadora · Colegios de Madrid y Alcalá de Henares
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Más de 25 años de experiencia en derecho de familia, civil, penal y violencia de género. Cofundadora de Llamas & Bermejo Abogadas en 2012. Combina el rigor procesal con una atención cercana y personalizada a cada cliente.
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